Estándar de evidencia clínica de la serie MED

Alcance

Este contrato regula investigaciones educativas sobre métodos y evidencia clínica. No convierte el corpus en guía de práctica, consulta, diagnóstico, prescripción ni segunda opinión. Ningún módulo solicita síntomas, antecedentes, imágenes, estudios, dosis o identificadores de pacientes.

Unidad mínima de una afirmación clínica

Una afirmación sobre efectos debe declarar, como mínimo:

  1. población objetivo y criterios relevantes;
  2. intervención suficientemente descrita;
  3. comparador real, incluida la atención concomitante;
  4. desenlace y forma de medición;
  5. horizonte temporal;
  6. estimando: qué efecto se pretende estimar y cómo se tratan acontecimientos intercurrentes;
  7. medida relativa y, cuando sea posible, efecto absoluto bajo un riesgo basal explícito;
  8. daños, carga y abandonos, sin convertir «no significativo» en equivalencia;
  9. riesgo de sesgo del resultado concreto;
  10. población y contexto a los que puede trasladarse.

Una etiqueta como «ensayo aleatorizado», «metaanálisis» o «guía» no hereda validez. La inferencia se audita por resultado, diseño, ejecución, análisis y dependencia entre fuentes.

Jerarquías que no se usarán como atajos

  • Reporte no equivale a validez. CONSORT, SPIRIT, PRISMA y TIDieR mejoran transparencia; no certifican bajo riesgo de sesgo.
  • Aleatorización no equivale a ocultamiento. La secuencia debe ser impredecible y la asignación protegida hasta incluir al participante.
  • Cegamiento no es una propiedad binaria del estudio. Se declara quién pudo conocer la asignación y qué sesgo podría producir en cada desenlace.
  • Significación no equivale a importancia. Se publican estimación, intervalo, escala, multiplicidad y umbral clínico justificado.
  • Ausencia de evidencia no equivale a evidencia de ausencia. Equivalencia o no inferioridad requieren márgenes y diseños propios.
  • Promedio no equivale a decisión individual. Riesgo basal, modificadores de efecto, preferencias, factibilidad y daños cambian la decisión.

Controles específicos para cirugía e intervenciones complejas

Además del contrato general se registrarán:

  • etapa de innovación según el problema que resuelve IDEAL, sin usar la etapa como sello de calidad;
  • definición técnica, cointervenciones, posibilidad de conversión y modificaciones durante el estudio;
  • experiencia previa, credenciales operativas pertinentes y curva de aprendizaje;
  • cirujano, equipo, centro y volumen como posibles fuentes de agrupamiento y modificación de efecto;
  • fidelidad y calidad de ejecución medidas con criterios explícitos;
  • preferencias de clínicos y pacientes, cruces y pérdidas;
  • justificación científica y ética de placebo o procedimiento simulado, cuando exista;
  • vigilancia tardía y eventos infrecuentes que un ensayo pequeño no puede excluir.

Fuentes, actualización y conflictos

  • Prioridad a protocolos, registros, informes primarios, suplementos, datos y guías metodológicas oficiales.
  • Cada fuente declara objeto, acceso, uso exacto y límite.
  • Se buscan correcciones, expresiones de preocupación, retractaciones y cambios de versión.
  • Financiamiento, conflictos y participación de pacientes se describen cuando sean relevantes para interpretar el resultado; no se convierten automáticamente en veredicto.
  • Las búsquedas metodológicas se reauditan al menos anualmente. Los efectos clínicos que pudieran orientar decisiones requieren un expediente específico y una fecha de corte más estrecha.

Lenguaje público

La plataforma usa «favorece», «compatible con», «no demostró», «impreciso» o «no transportado» según corresponda. Evita «cura», «garantiza», «seguro», «mejor» o «estándar de oro» sin población, comparador, desenlace, tiempo y límite.

La experiencia pública explica cómo leer evidencia. La decisión clínica pertenece a la conversación entre la persona y su equipo tratante bajo su contexto completo.